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Real Madrid: los conflictos legales que amenazan al Bernabéu

Real Madrid: los conflictos legales que amenazan al Bernabéu

El Real Madrid afronta tres frentes judiciales simultáneos que ponen en jaque la explotación del Santiago Bernabéu tras su reforma. La batalla legal, que enfrenta al club con la Asociación Vecinal de Perjudicados por el Bernabéu, se centra en los conciertos, el ruido y los aparcamientos subterráneos. Cada frente ha alcanzado ya instancias supremas, lo que eleva la tensión y condiciona el modelo de negocio del estadio.

Tres frentes, tres tribunales: el mapa del litigio

La disputa se articula en tres áreas con distinto estado procesal. El Supremo ha fallado ya en dos de ellas en junio de 2026, con resultados dispares para el club.

En materia de conciertos, el Tribunal Supremo desestimó en junio el recurso de casación del Real Madrid. Confirmó así la sentencia de noviembre de 2025 del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM), que había dado la razón a la asociación vecinal. El caso ahora recae en el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 31 de Madrid, que debe resolver si el planeamiento urbanístico y las licencias del estadio permiten espectáculos musicales masivos.

En aparcamientos, el Supremo también desestimó el recurso madridista en junio de 2026. Dejó firme la sentencia del TSJM que anuló la autorización municipal para construir dos parkings subterráneos y un túnel en Padre Damián y Paseo de la Castellana. El tribunal consideró que el Ayuntamiento no acreditó suficientemente el interés público del proyecto, con dudas sobre planificación urbanística, movilidad y contaminación.

En ruido, el Real Madrid logró en mayo de 2026 que la Audiencia Provincial de Madrid archivara definitivamente la causa criminal contra Real Madrid Estadio S.L. y contra José Ángel Sánchez, director general del club, por los conciertos de abril a septiembre de 2024. El tribunal eximió al club de responsabilidad penal ambiental, atribuyendo el control del volumen sonoro a los promotores, no al titular de la instalación. La asociación vecinal ha anunciado que recurrirá al Supremo.

El ruido como arma arrojadiza: quién controla el volumen

La sentencia de mayo de 2026 sobre ruido introduce un precedente relevante para la industria de eventos en España. El tribunal sostuvo que la responsabilidad acústica recae en el organizador del espectáculo, no en el propietario del recinto.

Este criterio beneficia al Real Madrid en el plano penal, pero no cierra el conflicto. La asociación vecinal puede seguir reclamando por vía civil o administrativa, y el recurso de casación pendiente mantendrá la incertidumbre durante meses. El dato clave: los conciertos impugnados se celebraron entre abril y septiembre de 2024, cuando el estadio llevaba pocos meses reabierto tras la reforma.

El fallo contrasta con la doctrina que aplica en otros países europeos, donde la titularidad del inmueble suele conllevar obligaciones de control ambiental. En España, la jurisprudencia del Supremo en materia de ruido urbano ha oscilado según el tipo de instalación y el marco normativo aplicable.

Los aparcamientos anulados: 1.200 plazas que no llegarán

La sentencia sobre parkings es, en términos prácticos, el revés más costoso para el club. Los dos aparcamientos subterráneos y el túnel de conexión suponían más de 1.200 plazas de estacionamiento en una de las zonas con mayor presión de tráfico de Madrid.

La anulación se enmarca en una secuencia judicial que se remonta a marzo de 2023, cuando el Ayuntamiento autorizó las obras. En marzo de 2026, el TSJM desestimó los recursos del club y del consistorio contra la suspensión de las obras. Tres meses después, el Supremo cerró la puerta definitivamente.

El tribunal no cuestionó la conveniencia urbanística del proyecto, sino la falta de acreditación del interés público. Este requisito, previsto en la normativa de grandes infraestructuras, exige que la administración demuestre que el beneficio colectivo supera los perjuicios para la movilidad y el medio ambiente. El Ayuntamiento, gobernado por el Partido Popular, no logró superar ese umbral en la estimación del tribunal.

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Para el Real Madrid, la ausencia de aparcamientos dificulta el modelo de eventos masivos que justificó económicamente la reforma del Bernabéu, con un coste estimado superior a los 800 millones de euros. El club explora alternativas de movilidad, pero ninguna compensa la capacidad perdida en pleno eje Castellana.

El concierto de Taylor Swift y la prueba de fuego

La polémica sobre conciertos estalló con fuerza en 2024. La gira de Taylor Swift, que incluyó fechas en el Bernabéu, generó decenas de quejas vecinales por ruido y congestión. La asociación formalizó entonces su estrategia judicial: impugnar las licencias de espectáculos masivos como categoría, no solo cada evento puntual.

El TSJM de noviembre de 2025 aceptó ese planteamiento y anuló la autorización genérica para conciertos. El Supremo, al rechazar la casación en junio de 2026, no entró en el fondo sino que confirmó la legitimidad del razonamiento del tribunal regional. Ahora el Juzgado número 31 debe decidir si el planeamiento del estadio, concebido originalmente para fútbol, admite por su naturaleza espectáculos de otra índole.

Este trámite puede extenderse más allá de 2027, dependiendo de la carga procesal del juzgado y de si las partes solicitan prueba pericial urbanística. El Real Madrid, mientras tanto, mantiene suspendida la programación de grandes conciertos, salvo autorizaciones individuales que el Ayuntamiento sigue concediendo bajo su propia responsabilidad.

¿Qué resuelve el Juzgado 31 y cuándo?

La incógnita inmediata es el calendario del contencioso-administrativo pendiente. El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 31 de Madrid debe pronunciarse sobre la licencia de actividad para espectáculos del Bernabéu, un concepto jurídico distinto de la autorización urbanística.

Si el juzgado anula la licencia genérica, el club necesitará permisos específicos para cada concierto, con trámites más largos y mayor exposición a recursos. Si la confirma, la asociación vecinal podría acudir al TSJM y, de nuevo, al Supremo, reiniciando el ciclo.

El plazo legal para dictar sentencia en primera instancia es de seis meses, pero la realidad procesal madrileña suele duplicar ese lapso en asuntos complejos. No hay fecha estimada de resolución, y el club no ha comunicado si negocia un acuerdo extrajudicial con la asociación vecinal.

¿Merece la pena para el Real Madrid litigar hasta las últimas consecuencias? El modelo de negocio del Bernabéu reformado depende de eventos no deportivos. Sin conciertos y sin aparcamientos, el retorno de la inversión se demora peligrosamente. La pregunta que el club debe responder es si el coste judicial, reputacional y de oportunidad supera el de sentarse a negociar con los vecinos.

Preguntas frecuentes

¿Qué significa que el Supremo "desestime el recurso de casación"?

Significa que el tribunal supremo confirma la sentencia anterior y cierra la vía ordinaria de impugnación. Solo queda la reclamación de amparo ante el Tribunal Constitucional, que tiene requisitos muy estrictos y escasa probabilidad de éxito.

¿Puede el Real Madrid seguir celebrando conciertos mientras dure el litigio?

Sí, pero necesita autorizaciones individuales del Ayuntamiento para cada evento. La licencia genérica que permitía programar conciertos sin trámite específico sigue suspendida desde la sentencia del TSJM de noviembre de 2025.

¿Quién es José Ángel Sánchez y por qué estaba imputado?

Es el director general del Real Madrid y presidente de Real Madrid Estadio S.L., la sociedad filial que gestiona el recinto. Fue imputado por presunto delito ambiental por los niveles de ruido de los conciertos de 2024, pero la Audiencia Provincial lo excluyó de responsabilidad penal en mayo de 2026.

Información publicada originalmente por Confilegal.

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