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TSJ de Cataluña: Parking Princesa no recibirá indemnización

TSJ de Cataluña: Parking Princesa no recibirá indemnización

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ha confirmado que perder el 66% de las ventas por unas obras públicas no garantiza automáticamente una indemnización. La sala desestimó la reclamación de 502.064 euros presentada por Parking Princesa, un aparcamiento de 160 plazas en Barcelona, estableciendo un precedente riguroso sobre qué daños merecen compensación cuando la Administración altera el entorno urbano.

502.064 euros rechazados: el TSJ exige un sacrificio "extraordinario y individualizado"

La sentencia del TSJ de Cataluña, dictada en segunda instancia, mantiene la doctrina de que las molestias derivadas de obras públicas constituyen una carga general que ciudadanos y empresas deben soportar. El derecho a indemnización solo opera cuando el perjuicio trasciende la "molestia normal" y se configura como un sacrificio excepcional.

El tribunal cita tres supuestos que sí generarían derecho: la privación total de acceso, retrasos injustificados en la ejecución de las obras, o pérdidas económicas directa y sólidamente vinculadas a la actuación pública. El descenso de facturación, por sí solo, no basta.

Parking Princesa alegó que las restricciones de acceso por las obras de adaptación de la estación de metro Jaume I provocaron una caída del 63% al 66% en la venta de tickets por horas. El TSJ no cuestionó la cifra, pero sí su traslación a derecho indemnizatorio.

Dos fallos estructurales que hundieron la reclamación

La sentencia apunta dos defectos insalvables en la demanda. Primero, la insuficiencia probatoria: el informe económico de la empresa mezcló períodos afectados por la pandemia con los de las obras, sin desagregar líneas de negocio ni aislar el factor causal específico. Mostrar que se perder facturación no equivale a demostrar por qué ocurrió.

Segundo, la omisión procesal del Ayuntamiento de Barcelona. Al no haberse demandado a la administración que gestionaba el tráfico y las restricciones de acceso, resultaba imposible establecer el nexo causal entre la actuación concreta del demandado y el daño alegado. El tribunal subraya esta ausencia como determinante.

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Curiosamente, la sala no impuso costas a la recurrente, reconociendo que la controversia jurídica era razonable. La resolución, no obstante, es susceptible de recurso de casación.

Qué documentar desde el primer día: la lección para despachos y empresas

La sentencia contiene una advertencia operativa para el perder de riesgos de cualquier negocio afectado por obras públicas. El tribunal enfatiza la necesidad de acumular evidencia desde el inicio: pérdida de clientela, facturación desagregada, restricciones de acceso documentadas y comunicaciones con la Administración.

El objetivo es transformar una mera expectativa de lucro cesante en un daño cuantificable y causalmente atribuible. Sin esa estructura probatoria, ni siquiera una caída del dos tercios en las ventas garantiza cobrar un euro.

Para los despachos que asesoren a clientes en situaciones similares, el caso Parking Princesa ofrece un checklist procesal y sustantivo: identificar al administración correcta, desagregar variables externas como la pandemia, y construir un informe pericial que resista el escrutinio judicial sobre el vínculo causal.

Información publicada originalmente por Economist Jurist.

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