Facilitadores procesales: nueva norma para mejorar la justicia

El Gobierno ha publicado en el Boletín Oficial del Estado el Real Decreto 707/2026, que regula por primera vez a nivel estatal la figura del facilitador procesal, una herramienta que el Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid (ICAM) impulsa desde 2024. La norma, que desarrolla la Ley 6/2022 y entrará en vigor el próximo 2 de enero de 2027, obliga a adaptar los trámites judiciales para garantizar que las personas con dificultades cognitivas entiendan y sean entendidas en los tribunales.
El Real Decreto 707/2026 y el artículo 11: qué cambia en la práctica judicial
El nuevo Reglamento de condiciones básicas de accesibilidad cognitiva introduce una obligación concreta para las Oficinas Judiciales de los Tribunales de Instancia y para los colegios profesionales de abogados y procuradores. Estas entidades deberán contar con personal capacitado para prestar asistencia, apoyo y atención a quienes lo soliciten en actuaciones ante la Administración de Justicia.
El artículo 11 del Reglamento establece que las resoluciones y comunicaciones judiciales deberán presentarse en formatos comprensibles. Reconoce expresamente la asistencia de un profesional experto que actúe como facilitador procesal para asegurar que la persona entienda y sea entendida. Esta previsión rompe con la ausencia de marco estatal anterior y uniformiza un estándar que hasta ahora solo existía en iniciativas autonómicas aisladas.
De Madrid a la norma estatal: el recorrido del ICAM desde 2024
La regulación estatal consolida un recorrido pionero iniciado en la Comunidad de Madrid. En mayo de 2024, Madrid se convirtió en la primera autonomía en formalizar jurídicamente esta figura mediante el Decreto 52/2024. El ICAM desplegó entonces una estrategia formativa y jurídica sin precedentes, anticipándose a las necesidades de la profesión legal.
La aprobación del Reglamento supone un hito decisivo en el reconocimiento normativo de esta herramienta. El objetivo fundamental de la figura del facilitador procesal es hacer efectivo el derecho de las personas con discapacidad y dificultades cognitivas a participar en los procedimientos judiciales en absoluta igualdad de condiciones.
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2 de enero de 2027: la fecha límite para adaptar tribunales y colegios
La norma entrará en vigor el 2 de enero de 2027. Los tribunales y los colegios profesionales disponen de poco más de cuatro meses para organizar la formación del personal y ajustar sus protocolos. La exigencia de formatos comprensibles en las resoluciones judiciales implicará cambios en plantillas, sistemas de notificación y, probablemente, en la relación entre letrados y clientes con necesidades de accesibilidad cognitiva.
¿Cuántos colegios de abogados han iniciado ya la planificación formativa? El ICAM ha demostrado que la anticipación es posible; el reto ahora es que el resto de instituciones judiciales y profesionales igualen ese ritmo antes de que la obligación sea efectiva.
Información publicada originalmente por Economist & Jurist.