Audiencia de Madrid: Fallo protege a la prensa frente a Teijelo

Autos 866 y 867/2026: el fallo que blinda a la prensa frente a Teijelo
La Audiencia de Madrid ha archivado definitivamente la querella del abogado Jacobo Teijelo Casanova contra periodistas y medios que publicaron conversaciones grabadas en su despacho. La Sección Segunda, en autos de 30 de julio de 2026, descarta que exista "la más mínima indicación" de que los informadores realizaran las grabaciones ilegalmente. El tribunal ampara su actuación en el artículo 20.1 a) y d) de la Constitución española.
Los magistrados Valentín Sanz Altozano, Juan Delgado Cánovas y el ponente Francisco Manuel Bruñén Barberá confirman la resolución del instructor Adolfo Carretero. El procedimiento de guardia, número 1552/2025 del Juzgado de Instrucción número 47 de Madrid, queda cerrado.
Quiénes estaban en la querella y qué publicaron
Teijelo dirigió su acción penal contra seis personas físicas y cuatro sociedades. Entre los individuos, los periodistas José María Olmo y Agustín Marco; Ignacio Cardero, director de El Confidencial; Miguel Ángel Pérez, autor en Libertad Digital; y Raúl Vilas, director del mismo medio. Las entidades: El Confidencial, Titania Compañía Editorial, Libertad Digital y Grupo Libertad Digital.
El núcleo informativo giraba en torno a tres bloques de grabaciones. El más sonado, una reunión del 17 de febrero de 2025 en el despacho de Teijelo con el empresario Alejandro Hamlyn, entonces investigado por fraude de hidrocarburos, conectado por videoconferencia desde Dubái. Las informaciones apuntaban a que Leire Díez ofrecía a Hamlyn intermediación ante la Fiscalía y la Abogacía del Estado a cambio de datos contra Antonio Balas, jefe de la UCO.
Por qué el tribunal descarta la illegalidad
La Audiencia fundamenta su decisión en dos pilares. Primero, la "enorme relevancia pública" de la información, considerada veraz al provenir de grabaciones auténticas que ya habían incidido en radio, televisión y el Congreso. Segundo, la ausencia de pruebas sobre la autoría de las grabaciones.
José María Olmo negó ante el juez haber registrado la reunión e invocó el secreto profesional sobre su fuente. Alegó una investigación en curso desde septiembre de 2024. El tribunal concluye que, al no haber obtenido ilegalmente las grabaciones, los periodistas actuaron dentro de su deber informativo sobre un asunto de interés general.
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Teijelo alegaba vulneración de su intimidad, derecho de defensa y secreto profesional. La Audiencia no le dio la razón en ninguno de los tres extremos.
Qué queda del caso Leire Díez tras este archivo
La resolución deja en el aire quién grabó efectivamente la conversación del 17 de febrero. El tribunal no investiga esa cuestión; solo constata que no hay indicios contra los periodistas querellados. Para la defensa de Teijelo, el archivo supone un varapalo sin opción de recurso en esta vía penal.
El caso Leire Díez sigue activo en otros frentes judiciales. La investigación sobre la presunta trama de influencias, con ramificaciones en la Fiscalía y la UCO, mantiene abiertos procedimientos que este auto de la Audiencia de Madrid no afecta directamente.
¿Cambiará este fallo la estrategia procesal de Teijelo en las querellas pendientes?
Información publicada originalmente por Confilegal.