Veredicto Diario
La referencia del derecho, en español
← PortadaDespachos

Apagón de 2026: Consumidores podrán reclamar compensaciones

Apagón de 2026: Consumidores podrán reclamar compensaciones

La justicia ha admitido a trámite la conciliación promovida por la OCU contra Red Eléctrica y más de sesenta empresas eléctricas por el apagón del 28 de abril de 2025. El Juzgado de Primera Instancia de Alcobendas abre así la vía extrajudicial para que miles de consumidores afectados puedan reclamar información, compensación y reparación sin necesidad de litigar individualmente.

La resolución, dictada el pasado 8 de septiembre, da curso a la solicitud presentada por la Organización de Consumidores y Usuarios el 29 de julio. El corte eléctrico, que dejó sin suministro a casi toda la Península durante una media de doce horas, sigue generando consecuencias jurídicas más de un año después.

Plazos concretos: 30 días para regularizar y audiencia el 22 de septiembre

La OCU exige que las distribuidoras regularicen en plazo de 30 días las compensaciones automáticas por calidad de suministro que ya contempla la normativa vigente. Estas indemnizaciones, previstas legalmente para casos de interrupciones prolongadas, no se habrían aplicado de oficio tras el evento.

Las empresas citadas disponen de diez días hábiles, con fecha límite el 22 de septiembre, para pronunciarse sobre la propuesta conciliatoria. Si rechazan la medida o mantienen el silencio administrativo, el juzgado convocará a las partes a una audiencia de constitución en sede judicial.

El mecanismo elegido por la OCU no es una demanda directa, sino un acto de conciliación. Esta vía permite obtener información técnica determinante sobre si el apagón constituyó fuerza mayor, circunstancia que eximiría de responsabilidad civil a los operadores. También busca establecer un procedimiento objetivo de reclamaciones que evite la saturación de los tribunales con miles de procesos individuales.

Tres frentes de responsabilidad: transporte, distribución y comercialización

La estrategia procesal de la OCU distribuye la responsabilidad entre tres eslabones del sector. Red Eléctrica aparece como operadora del sistema y gestora de la red de transporte. Las distribuidoras asumen su condición de garantes de la calidad del suministro. Los comercializadores, en número aproximado de cincuenta, responden por las obligaciones contractuales contraídas con los usuarios finales.

Te puede interesar

Real Decreto-Ley 22/2026: Nuevos fondos para la justicia en Ceuta

La organización de consumidores no descarta una acción colectiva judicial si fracasa la conciliación. Este escenario situaría el litigio en la órbita de la jurisdicción ordinaria con efectos vinculantes para toda la masa afectada.

La versión oficial del 28-A: sobretensión multifactorial, no ciberataque

El Comité 28-A, constituido para investigar las causas del colapso, presentó su informe oficial el 17 de junio de 2025. El documento atribuye el incidente a un problema de sobretensión multifactorial: una oscilación anómala registrada en el sur de España desencadenó una sucesión de desconexiones de generación, pérdida de sincronismo con Francia y colapso total de la red peninsular.

La Red Europea de Operadores de Sistemas de Transmisión de Electricidad (ENTSO-E) y la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia ratificaron posteriormente estas conclusiones. Ambos organismos descartaron tanto ciberataques como la penetración de energías renovables como causas originarias, señalando en cambio deficiencias en los recursos de control de tensión como factor determinante.

¿Logrará la conciliación evitar una oleada de litigios colectivos, o el próximo otoño veremos la primera macrodemanda del sector eléctrico español?

Información publicada originalmente por Economist & Jurist.

Sigue leyendo

El Sumario

El briefing de la mañana,
cada día en tu correo

Los tres datos con los que entiendes el día en el derecho español: despachos, justicia, compliance y fiscal. Antes de que abra el juzgado, para profesionales del sector.