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Ley de nietos: el Estado rechaza frenar el voto en las generales

Ley de nietos: el Estado rechaza frenar el voto en las generales

La Abogacía del Estado pide frenar la suspensión del voto por la ley de nietos a 26 días de las generales

La Abogacía del Estado ha pedido al Tribunal Supremo que rechace ampliar la suspensión cautelar del derecho de voto de los hijos de quienes se nacionalizaron al amparo de la ley de nietos. El escrito, presentado en nombre del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, sostiene que la medida pondría en riesgo el desarrollo de las elecciones generales del 29 de noviembre.

La petición llega de Vox e Iustitia Europa, que han solicitado a la Sala de lo Contencioso-Administrativo extender la suspensión a esa segunda generación. Según los registros consulares de la Ley de Memoria Democrática, la controversia podría afectar a 189.678 personas.

189.678 inscritos en el registro consular, en el centro del litigio

El Gobierno apoya su oposición en tres argumentos. El primero, de derechos: la ampliación podría incidir directamente en el derecho fundamental al sufragio activo de quienes adquirieron la nacionalidad española. Por eso pide que el Supremo cite a los terceros afectados para que intervengan en el procedimiento antes de resolver el incidente cautelar.

El segundo es electoral. Extender la suspensión ahora, advierte la Abogacía del Estado, introduciría incertidumbre en unas elecciones ya en marcha. Podría afectar al escrutinio definitivo, con votos pendientes de computarse, y generar inseguridad jurídica para electores y Administración a menos de cuatro semanas de la cita con las urnas.

El tercero es material. El Estado sostiene que es imposible identificar y verificar los expedientes de este nuevo colectivo en el tiempo disponible. Extender la suspensión exigiría vincular a cada persona con el expediente de sus progenitores para reconstruir la cadena de adquisición de la nacionalidad. Y la lista nominal que reclaman Vox e Iustitia Europa, afirma el Gobierno, no existe.

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La Sala de lo Contencioso-Administrativo debe decidir ahora si admite la ampliación con las elecciones a la vuelta de la esquina. La petición de citar a los afectados, si se acepta, añadiría un trámite más a un calendario ya comprimido.

El próximo hito es la resolución del Supremo sobre el incidente cautelar, que deberá llegar antes del 29 de noviembre si quiere tener efecto práctico sobre el censo y el escrutinio. ¿Puede una medida cautelar alterar el censo de 189.678 personas con las urnas ya convocadas?

Información publicada originalmente por Confilegal.

Imagen: Jan Tang / Pexels

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