CDR: acusaciones populares recurren el sobreseimiento libre

Seis acusaciones populares han recurrido el sobreseimiento de los doce CDR ante la Sala de Apelación de la Audiencia Nacional. El recurso, firmado por el abogado José María Fuster-Fabra el 29 de octubre, pide que la causa siga a juicio oral.
La resolución impugnada es el auto de 22 de octubre de 2026, notificado cuatro días después. Decretó el sobreseimiento libre de la diligencia ordinaria 7/2021 al amparo de la Ley Orgánica 1/2024 de amnistía.
El recurso contra el auto que amnistió a los doce CDR
El escrito lo suscriben seis acusaciones. Son ACVOT, Vox, Dignidad y Justicia, AEGC, AUGC y la AVT. Todas coinciden en el mismo reproche.
Afirman que la Sección Tercera de lo Penal aplicó la amnistía a todos los procesados sin analizar la conducta concreta de cada uno. Para ellas, ese análisis individual era obligatorio antes de cerrar la causa.
El fallo del TJUE que sostuvo el sobreseimiento
La base del archivo fue la sentencia del TJUE de 16 de julio de 2026, asunto C-666/24. En su párrafo 75, el Tribunal consideró que la amnistía no compromete el efecto útil de la Directiva 2017/541 de lucha contra el terrorismo.
Con ese aval, la Audiencia concluyó que los hechos, calificados provisionalmente de terrorismo, no eran violaciones graves e intencionadas de derechos humanos. Por eso declaró amnistiados a los doce.
Las acusaciones responden con el párrafo 74 de la misma sentencia. Allí el TJUE encarga a los órganos judiciales nacionales "identificar los actos concretos" excluidos por el artículo 2, letra c) de la ley.
Esa exclusión exige dos requisitos cumulativos. Primero, que el acto pueda calificarse de terrorismo por su finalidad. Segundo, que haya causado intencionadamente violaciones graves de derechos humanos, en especial los de los artículos 2 y 3 del Convenio Europeo.
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El recurso también rebate el párrafo 25 del fallo europeo. La Sección Tercera había informado al TJUE de que ni el Ministerio Fiscal ni la acusación popular afirmaron esa violación intencionada. Las acusaciones contestan que la ausencia de esa fórmula no eximía de examinar el fondo.
Explosivos, un laboratorio y la ocupación del Parlament
La documentación fiscal distingue dos grupos entre los procesados. Ocho fueron acusados de pertenencia a organización terrorista, tenencia y depósito de explosivos y estragos en grado de tentativa. Los otros cuatro, solo de pertenencia.
El relato de la acusación incluye estos hitos de la investigación:
- Julio de 2019: adquisición de productos químicos.
- Septiembre de 2019: compra de polvo de aluminio y cinta de magnesio.
- Reuniones de coordinación: comunicaciones por aplicaciones de mensajería y reconocimiento de posibles objetivos.
- Preparativos: una proyectada ocupación del Parlament.
A Alexis Codina se le atribuye haber convertido su garaje en un laboratorio. En el registro del 23 de septiembre de 2019 se habrían hallado productos químicos, material de laboratorio y termita.
La Sala de Apelación decide si reabre la causa
El recurso queda ahora en manos de la Sala de Apelación de la Audiencia Nacional. Su decisión determinará si la causa sigue archivada o si los doce procesados se sientan en el banquillo.
El debate ya no es si la amnistía es válida en abstracto, algo que el TJUE avaló en julio. Es si la Audiencia podía aplicarla en bloque sin examinar, uno a uno, los actos imputados a cada acusado.
Información publicada originalmente por confilegal.
Imagen: Davidpar, CC BY-SA 4.0, vía Wikimedia Commons