Carles Puigdemont: El Supremo suspende órdenes de captura

El Supremo ha dejado sin efecto este lunes, de forma inmediata y provisional, las órdenes nacionales de busca y captura contra Carles Puigdemont, Antoni Comín y Lluís Puig. La decisión, adoptada por el magistrado instructor de la causa del "procés", Pablo Llarena, no implica la aplicación de la ley de amnistía. Es una medida cautelar mientras se conoce el fallo completo del Tribunal Constitucional.
Llarena suspende las órdenes de detención contra Puigdemont, Comín y Puig
El auto, de fecha 6 de octubre de 2026, responde al reciente amparo concedido por el Constitucional a Dolors Bassa. El alto tribunal estimó su recurso contra la resolución que le negó la amnistía por el delito de malversación. Llarena admite ahora una "sustancial coincidencia de hechos y de cuestión jurídica" entre el caso de Bassa y el de los tres exconsellers huidos.
El magistrado subraya que la suspensión no declara la amnistía aplicable, no extingue la responsabilidad penal ni resuelve otras cuestiones pendientes. El Supremo aún no ha recibido el texto íntegro de la sentencia constitucional, imprescindible para fijar su alcance real.
Un giro respecto al auto de julio de 2024
La decisión contrasta con el auto de 1 de julio de 2024. Entonces, Llarena mantuvo las órdenes de detención al considerar que la malversación del artículo 432 del Código Penal quedaba fuera de la amnistía. La sentencia del Constitucional en el caso Bassa ha alterado ese escenario, aunque su contenido definitivo sigue sin conocerse.
Para justificar la medida, el instructor cita el artículo 539 de la LECrim, que permite modificar las medidas personales a favor del investigado. También invoca el artículo 17 de la Constitución y los artículos 502 y 528 de la LECrim, relativos a la necesidad y proporcionalidad de las medidas cautelares.
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El riesgo de una privación de libertad irreversible
El argumento central es preventivo. Mantener las órdenes mientras se espera el fallo completo podría generar una privación de libertad improcedente e irreversible. Una simple suspensión posterior no repararía ese daño. Por eso, el magistrado considera la medida proporcionada hasta analizar las consecuencias jurídicas del pronunciamiento constitucional.
La resolución no cierra la causa. El Supremo aguarda la sentencia del Constitucional para decidir si la amnistía cubre finalmente a Puigdemont, Comín y Puig por malversación. Hasta entonces, las órdenes quedan en suspenso, no anuladas.
Información publicada originalmente por Confilegal.