Francisco Granados: condenado a cárcel por amaño de contratos

La Audiencia Nacional ha condenado a Francisco Granados a dos años y medio de cárcel y ocho años y medio de inhabilitación por amañar la adjudicación de contratos de fiestas populares en la Comunidad de Madrid. La sentencia 15/2026, dictada el 1 de julio por la Sección Cuarta de la Sala de lo Penal, certifica que el exsecretario general del PP madrileño fue el engranaje clave de un sistema que benefició sistemáticamente a Waiter Music, empresa del fallecido empresario José Luis Huertas. Confilegal ha tenido acceso a la resolución judicial.
El tribunal, integrado por los magistrados Félix Guevara Marcos, Mercedes del Molino Romera y María Fernanda García Pérez, determina que Granados no firmó directamente los contratos pero ejerció su influencia política para inclinar las decisiones de adjudicación. A cambio, recibió "beneficios en especie sistemáticamente no remunerados": eventos privados pagados por Huertas para él y otros miembros municipales del PP.
El modus operandi: ocho municipios y nueve años de contratos amañados
El fraude continuado se documenta entre 2004 y 2013, con intensidad variable según los ayuntamientos. Valdemoro concentra el periodo más prolongado: nueve años ininterrumpidos de contratación irregular. Otros siete municipios repitieron el esquema entre 2007 y 2011:
- Valdemoro: contratos amañados de 2004 a 2013, el periodo más extenso del caso.
- Móstoles, San Martín de la Vega, Algete, Chinchón, Ciempozuelos, Torrejón de Velasco y Moraleja de Enmedio: fraude continuado entre 2007 y 2011.
Los contratos afectaban a actividades de alta visibilidad electoral: fiestas patronales, carnavales y cabalgatas de Reyes. Waiter Music se consolidó como proveedor recurrente sin competencia real, pese a que la normativa de contratación pública exige transparencia y pluralidad de ofertas.
La Fiscalía había solicitado penas de dos a seis años por un repertorio de delitos que incluía prevaricación administrativa, fraude en la contratación, tráfico de influencias, malversación de fondos públicos y falsedad en documento mercantil. El tribunal no acogió la acusación en su máxima extensión pero ratificó la existencia de una trama estructurada de corrupción institucionalizada.
Granados, el "elemento motor" que no aparecía en los papeles
La sentencia califica a Granados como el "elemento motor y facilitador" del sistema. Esta formulación judicial es relevante: el tribunal reconoce que el exnúmero dos de Esperanza Aguirre operaba desde posiciones de segundo plano, sin formalizar decisiones administrativas a su nombre.
El diseño del fraude responde a un patrón recurrente en casos de corrupción política en España. El operador clave ejerce influencia sobre los órganos de contratación —concejalías de Festejos, alcaldías— sin asumir la responsabilidad formal. La distancia entre el poder real y la apariencia legal dificulta la investigación y alarga los procedimientos.
Granados ya acumula condenas previas en otras piezas de la trama Púnica. Su historial judicial incluye penas por blanqueo de capitales y organización criminal, lo que complica cualquier estrategia de defensa basada en la inexistencia de antecedentes o en la excepcionalidad de la conducta.
Otras condenas y dos absoluciones entre 14 acusados
El caso se desgajó de la macrocausa Púnica y se juzgó con 14 acusados. El tribunal dictó cinco condenas a dos años de prisión y absolvió a cuatro personas:
- José Carlos Boza y José Miguel Moreno, exalcaldes de Valdemoro: dos años de cárcel.
- María Ángeles Herrera, exedil de Ciempozuelos: dos años de prisión.
- Carlos Alberto Estrada, exalcalde de Moraleja de Enmedio: dos años de cárcel.
- David Erguido, exsenador del PP: dos años de prisión.
El tribunal absolvió a los exalcaldes de Móstoles Esteban Parro y Daniel Ortiz, así como a otros dos acusados. La diferencia entre condenados y absueltos no reside en la pertenencia al PP —todos los implicados eran del mismo partido— sino en la demostración judicial de la participación directa en la trama de amaño.
La disparidad de resultados refuerza la tesis del tribunal: no se trataba de una política generalizada del partido, sino de un sistema concreto articulado desde posiciones determinadas y ejecutado en municipios específicos.
La vía del recurso: ¿llegará la sentencia al Tribunal Supremo?
Granados mantiene la posibilidad de interponer recurso de casación ante el Tribunal Supremo. La probabilidad de éxito es limitada: el alto tribunal raramente revierte los hechos probados por la Audiencia Nacional salvo error jurisdiccional grave o vulneración de derechos fundamentales.
La acumulación de condenas previas del exdirigente popular reduce también el margen para argumentar buena fe o excepcionalidad. El Supremo ya ha confirmado sentencias de la Púnica con penas superiores, lo que perfila un escenario de recurso técnico más que de expectativa real de absolución.
La sentencia 15/2026 cierra una pieza menor de la Púnica pero ilustra la pervivencia de mecanismos de corrupción en la contratación pública de eventos culturales. La pregunta que queda abierta es si las reformas del régimen de contratos del sector público —Ley 9/2017, modificada posteriormente— han logrado cerrar las rendijas que hicieron posible este sistema durante casi una década.
Preguntas frecuentes
¿Puede Granados seguir ejerciendo cargos públicos tras esta condena?
La sentencia impone ocho años y medio de inhabilitación, que le impediría ocupar cargo público o electoral durante ese periodo. Si se confirma, la medida se sumaría a inhabilitaciones anteriores por otras piezas de la trama Púnica.
¿Qué diferencia hay entre esta pieza y la macrocausa Púnica principal?
Este procedimiento se desgajó de la causa madre para juzgar exclusivamente los contratos de fiestas populares. La Púnica principal investigó una red más amplia de corrupción urbanística y financiera con ramificaciones en múltiples ayuntamientos del sureste madrileño.
¿Qué ocurrió con Waiter Music tras la muerte de José Luis Huertas?
La fuente no especifica la sucesión empresarial de Waiter Music tras el fallecimiento de su propietario. La sentencia se centra en la responsabilidad de los funcionarios y cargos públicos que facilitaron los contratos, no en la continuidad de la empresa.