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Reserva de capacidad eléctrica: el nuevo pago mensual obligatorio

Reserva de capacidad eléctrica: el nuevo pago mensual obligatorio

La prestación por reserva de capacidad es el nuevo instrumento que obliga a los grandes consumidores eléctricos a pagar cada mes por la potencia que tienen reservada en la red. El Real Decreto-ley 7/2026, de 20 de marzo, jubila el sistema de avales y lo sustituye por un peaje mensual que busca frenar el acaparamiento especulativo de capacidad.

Del aval de 40 euros al pago mensual: el fundamento del cambio

El fundamento de la medida está en la saturación de la red. El aluvión de proyectos de alto consumo disparó las solicitudes de acceso y conexión, y muchos promotores sin viabilidad real bloquearon capacidad que otros sí podían usar.

Hasta ahora, los proyectos conectados a 36 kV o más debían depositar una garantía de 40 euros por kW antes de pedir la conexión. Era ejecutable si en cinco años no contrataban al menos el 50% de la capacidad concedida. El legislador ha considerado que ese aval no bastaba: exigía compromiso, pero no penalizaba la inmovilización mes a mes.

Así se calcula la cuota del artículo 11 del RD-ley 7/2026

El artículo 11 obliga a los titulares de permisos de acceso para instalaciones de demanda conectadas a 1 kV o más a abonar una prestación mensual. El importe se calcula con tres factores:

  • Término de potencia del peaje aplicable en hora punta (P1).
  • Potencia total concedida al proyecto, en MW.
  • Coeficiente multiplicador (k), variable según la tensión de conexión y el tiempo transcurrido.

El diseño importa: cuanto más tiempo pase sin usar la capacidad, más caro sale mantenerla reservada. Es un incentivo directo a renunciar a los permisos que no se vayan a explotar.

Un giro que viene de lejos: del RD-ley 7/2025 al RD 997/2025

La presión regulatoria sobre la demanda no nace en 2026. El Real Decreto-ley 7/2025, de 24 de junio, ya introdujo medidas para garantizar el compromiso del promotor, aunque decayó. El Real Decreto 997/2025, de 5 de noviembre, recuperó parte de ese paquete.

Antes, el foco había estado en la generación renovable. Los umbrales que exigen permiso de acceso y conexión por ventanilla única son 100 kW en baja tensión y 250 kW en alta, y ahora la demanda queda bajo el mismo escrutinio.

Qué revisar en los permisos de acceso ya concedidos

Para despachos y asesorías jurídicas de empresa, el lunes empieza por una auditoría de cartera: qué permisos de demanda a 1 kV o más tiene el cliente, qué potencia tienen concedida y qué coeficiente k les aplicará según su antigüedad. Los proyectos parados que antes solo arriesgaban el aval ahora generan un coste mensual cierto.

La primera liquidación de la prestación marcará el primer test real de la norma, y previsiblemente la primera oleada de renuncias voluntarias a capacidad. La cuestión para el sector es cuántos MW dormidos volverán al mercado en los próximos meses.

Información publicada originalmente por LegalToday.

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